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Viernes, 21 de Julio de 2023 17:23

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AYUDAS SOCIALES: AYUDA INFANCIA, CHEQUE BEBE, ETC
Viernes, 21 de Julio de 2023 17:22

En esta sección tenéis enlaces a diferentes noticias sobre ayudas sociales del Estado o de la CAM que nos pueden afectar de un modo u otro. Para verlas todas, tenéis que entrar al enlace e ir bajando:

ABIERTO PLAZO PARA SOLICITAR "CHEQUE CANGURO" DE LA CAM

La Comunidad de Madrid ya ha abierto el plazo para solicitar las ayudas, de hasta 4.000 euros, para contratar a personas empleadas del hogar que se encarguen del cuidado de hijos y personas con discapacidad, el conocido como 'cheque canguro'. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ya ha hecho pública la convocatoria de esta ayuda, que había sido aprobada por el Gobierno autonómico días antes. El objetivo de esta subvención es "facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar".

Las familias beneficiarias podrán solicitar la ayuda para cubrir los gastos de contratación del año previo a la solicitud. Esto significa que tendrán que presentar un contrato de trabajo de, por lo menos, 58 días durante el periodo marcado —del 1 de enero al 31 de diciembre— del año anterior. Esta relación laboral puede ser de forma discontinua, pero tiene que haber sido dada de alta en la Seguridad Social.

Requisitos para ser beneficiario

Las personas que quieran beneficiarse de este 'cheque canguro' tienen que cumplir una serie de requisitos. El primero es que el titular del hogar familiar tiene que estar al cargo de hijos menores de 12 años —o menores de 18 años con discapacidad— o de familiares de hasta segundo grado con una discapacidad igual o superior al 50% o dependencia.

Otro de los requisitos a cumplir es que la persona beneficiaria durante el periodo subvencionable esté empadronada en el mismo domicilio que el hijo o familiar, situado en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid.

Además, las personas progenitoras deberán tener trabajo a jornada completa durante el periodo subvencionable. No se tendrá en cuenta en los casos de padres con una discapacidad igual o superior al 33% y en familias monoparentales o numerosas —en este caso podrán estar contratados a tiempo parcial—. La renta per cápita de la unidad familiar no podrá ser igual o superior al límite de 30.000 euros.

En el caso de los beneficiarios de las ayudas para el cuidado de hijos, los progenitores no se puede encontrar en situación de permiso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento. Para la atención de personas con discapacidad o dependencia, la familia no podrá estar de excedencia o de reducción de jornada.

Requisitos para la contratación

La relación laboral tiene que ser de carácter especial y se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre. Tiene que formalizarse por escrito y el titular dará de alta en la Seguridad Social al empleado del hogar. El contrato podrá ser temporal, indefinido, fijo o discontinuo.

La persona empleada deberá desarrollar su actividad en el domicilio de la persona beneficiaria, dentro de la Comunidad de Madrid. Además, su finalidad será el cuidad o atención de hijos y familiares que convivan con el titular.

Cuantía de la subvención

La cuantía del 'cheque canguro' se calculará siguiendo una serie de criterios. El primero es que se tomará como base el importe equivalente a la suma de las cuotas de la Seguridad Social durante el periodo de enero a diciembre de 2022, después de descontar las deducciones de Hacienda. El resultado de esta operación se incrementará un 25%.

El resultado final será el que se utilice para hacer la repartición de la subvención, según la renta per cápita familiar: las inferiores a 20.000 euros recibirán el 100% y de 20.000 a 29.999 euros, el 60%. Las familias que sumen más de 30.000 euros no tendrán derecho a la ayuda. El importe máximo por familia será de 4.000 euros.

Las familias monoparentales cobrará el 100% de la subvención, independientemente de su renta, excepto los que cobren 30.000 euros anuales per cápita o más.

Cómo presentar la solicitud

Las solicitudes se podrán presentar entre el 1 de febrero y el 30 de abril de cada año, pero podrá declararse cerrado o finalizado con anterioridad a la fecha si así lo estipula la persona titular de la Dirección General. La documentación deberá presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través de este portal web.

Las solicitudes tendrán que estar firmadas electrónicamente por el interesado y se cumplimentarán a través del formulario en línea disponible en la web.

Las notificaciones se realizarán de forma electrónica a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE), en el que tendrá que estar dado de alta el interesado. En caso de que los documentos aportados no reúnan los requisitos establecidos, se abrirá un plazo de diez días hábiles para subsanar el error.

 

PLAN RENOVE DE LA CAM PARA CALDERAS Y AIRES ACONDICIONADOS

La Comunidad de Madrid ha abierto una nueva convocatoria de ayudas de hasta 500 euros para la sustitución de antiguos aires acondicionados, calderas y calentadores domésticos. El cambio tendrá que realizarse por nuevos equipos más eficientes y menos contaminantes.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de noviembre en la página web de la Fundación de la Energía

Las ayudas de este nuevo Plan Renove de Calderas y Equipos de Aire Acondicionado podrán alcanzar un máximo de 500 euros por vivienda, en función del tipo de equipo sustituido y las características del nuevo sistema instalado. El programa contempla subvenciones de hasta 450 para la renovación de antiguas calderas por nuevas de condensación y de 150 para calentadores estancos de bajo NOx (óxido de nitrógeno).

En el caso de aires acondicionados, los nuevos aparatos deberán ser de clase A+ de eficiencia energética o superior. Llegarán hasta los 200 euros en modelos monosplit, 350 euros los multisplit y 500 euros para sistemas de distribución por conductos. Todos estos incentivos están limitados a un máximo del 25% del coste elegible (IVA no incluido) –compra e instalación–.

Se incluyen en esta línea todas aquellas actuaciones realizadas desde el 1 de enero de este año, siempre que hayan sido ejecutadas con anterioridad a la presentación de la solicitud.

 

BECAS ESCOLARES PARA NECESIDADES ESPECIALES

Ya está abierto el plazo para solicitar las becas y ayudas del Gobierno para apoyo escolar a niños con necesidades educativas especiales, derivadas de discapacidad, trastorno grave de la conducta, de la comunicación y del lenguaje, trastorno del espectro autista o altas capacidades.

Esta convocatoria de becas y ayudas, que estará abierta hasta el próximo 20 de septiembre, abarca diferentes tipos de ayuda, según la necesidad, y están destinadas a gastos de las enseñanzas, transporte, comedor, materiales, reeducación del lenguaje etc., con diferentes cuantías y límite de renta. También se conceden los llamados subsidios, destinados a niños que sean miembros de familias numerosas, para gastos comedor y transporte, y que no están sujetos a límite de renta.

Este año se ha incorporado una nueva ayuda de 400 euros para gastos adicionales de carácter general, que se concederá como "subsidio" con carácter universal, sin límite de renta, y que es adicional a otras ayudas que pudieran corresponder por necesidades educativas especiales.

El plazo de solicitud permanecerá abierto desde el 8 de mayo al próximo 20 de septiembre. Todos los detalles sobre la convocatoria, beneficiarios, tipos de ayuda y cómo solicitarla, AQUI.

 

¿Tienes hijos de 0 a 3 años? Así puedes pedir los 100 euros al mes con nuevos beneficiarios para 2023

A partir de enero de 2023 se amplía a nuevos beneficiarios la "ayuda" de 100 euros al mes que hasta ahora percibían las madres trabajadoras, dadas de alta en la Seguridad Social, con hijos de 0 a 3 años, y que a partir de ahora se amplía a otros supuestos: madres que estén recibiendo una prestación por desempleo, las que trabajen a tiempo parcial o temporal y las que hayan cotizado un mínimo de 30 días a partir del nacimiento del hijo. También podrán recibirla padres en determinadas circunstancias.

Esta ayuda es en realidad una deducción fiscal de 1.200 euros (deducción por maternidad), y, como tal, no se aplica ni en País Vasco ni Navarra, donde existe un régimen fiscal diferente por ser comunidades forales. Sus beneficiarios, de toda España excepto de estas dos comunidades, pueden aplicarla directamente en la declaración del IRPF o solicitar su abono anticipado, a razón de 100 euros al mes. Para solicitar el pago por adelantado debe presentarse el modelo 140 en la Agencia Tributaria. Más información AQUI.

SUBIDA DEL IPREM

Con la entrada en el nuevo año, el IPREM, índice de referencia para varias prestaciones sociales y también para calcular la renta en el caso de familias de 4 hijos que pasan a ser de numerosas categoría especial, se ha actualizado para este 2023, quedando fijado en 600 euros, en 7.200 euros cuando se trate del IPREM anual en 12 pagas y de 8.400 euros/año cuando se hable de 14 pagas. Tenéis más información sobre este índice AQUI

BUSCADOR DE AYUDAS A LA NATALIDAD

La Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2022 del Ministerio de Derechos Sociales, recoge información actualizada sobre las ayudas para las familias.

Es una herramienta muy fácil de utilizar que permite obtener información personalizada sobre las ayudas y beneficios que el Gobierno regional ha puesto a disposición de los madrileños que quieren tener su primer hijo o ampliar la familia, así como iniciar la tramitación de las correspondientes ayudas. Solo es necesario contestar unas preguntas muy sencillas sobre su edad, renta, número de hijos o situación laboral y familiar.

Buscador

AYUDA DEL ESTADO PARA LA INFANCIA

Mantenemos la noticia de la nueva ayuda a la Infancia del Gobierno, que salió en enero, para que todos los que no la conocéis, podáis ampliar la información en el enlace de más abajo.

También os recordamos que, para recibir el nuevo complemento de Ayuda para la Infancia, es obligatorio el DNI/NIE de toda la familia, incluidos niños y bebés.
Si ya la habéis presentado, os los requerirán y, por lo visto, dan un plazo de diez días para aportarlo, por lo que es importante que lo vayáis obteniendo ya, si no los tenéis.

Os recordamos que el DNI es gratuito para las Familias numerosas, siempre y cuando aportéis el título oficial de familia numerosa.

Aquí os dejamos el enlace para solicitar Cita previa DNI

NO ES SOLO PARA FAMILIAS QUE RECIBEN EL INGRESO MÍNIMO VITAL. Así que revisadlo, por favor. Toda la información al respecto la tenéis aquí.

 

AYUDA ECONÓMICA PARA MADRES MENORES DE 30 AÑOS

Esta ayuda económica a la natalidad de la CAM consiste en un abono mensual de 500 euros desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño cumpla dos años.

La cantidad se incrementará en la misma cuantía por cada niño adicional cuando se trate de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples. El pago se prolongará hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los dos años, salvo en el caso de las adopciones, en las que el abono de las 24 mensualidades no tendrá en cuenta la edad del menor, sino que comenzará con la inscripción de la adopción en el Registro Civil.

Los requisitos para solicitar esta ayuda son:

1. Ser español/a o extranjera/o con residencia legal en España. Las personas extranjeras que residan en la Comunidad de Madrid podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan los requisitos establecidos en la presente norma.

2.Tener 30 años o menos.

3.Residir y estar empadronado de forma ininterrumpida en la Comunidad de Madrid durante al menos los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y mantener su residencia en la Comunidad de Madrid durante la percepción de las ayudas. A efectos del cómputo del plazo exigido se tendrán en cuenta todos los municipios de la Comunidad de Madrid en los que la persona solicitante hubiera estado empadronada.

4.No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales de renta en tributación conjunta en la declaración del IRPF del último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda. A estos efectos, el concepto de unidad familiar es el que define la normativa aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

5.No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Tenéis toda la información AQUI

 

Se amplía al 65% el descuento en el bono social de la luz y, tal y como pedía la FEFN, el límite del consumo bonificable

Las familias numerosas que estén acogidas al bono social de la electricidad se beneficiarán a partir de ahora de un 65% de descuento en el precio del consumo de luz, según el Real Decreto aprobado esta semana por el Gobierno, que ha establecido una serie de medidas para apoyar a los hogares a la hora de enfrentarse a la facturas eléctricas, ante la actual inflación, al haberse disparado los precios de la energía la electricidad, además de muchos otros bienes de primera necesidad.

Este 65% de bonificación se aplicará a los consumidores vulnerables, entre ellos las familias numerosas por sus necesidades especiales de consumo, que hasta ahora se beneficiaban de un 60% de descuento, mientras que consumidores con vulnerabilidad severa tendrán un 80% de bonificación en lugar del 70% que venían disfrutando desde hace meses. Este incremento se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2023.

Una demanda de la FEFN

También se ha ampliado, tal y como pedía la Federación Española de Familias Numerosas, el límite de consumo bonificable, es decir, el máximo de electricidad a la que se aplica la bonificación, que pasa de los 4.140 kw a 4.761 kw., una cantidad más adecuada para cubrir las necesidades de consumo de las familias numerosas, tal y como expuso la FEFN a la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, en la reunión que mantuvo con ella el año pasado.

También se ha refoRzado el bono térmico que se aplica a todos los beneficiarios del bono social de la electricidad, entre ellos las familias numerosas, con una mayor dotación presupuestaria para 2022 y 2023. Según el Gobierno, la cantidad mínima por familia será ahora de 40 euros y el importe medio anual se situará en 375 euros, el doble que hasta ahora.

Todas estas medidas forman parte del paquete de acciones que ha tenido que establecer el Gobierno para paliar el fuerte impacto que la inflación, y en particular la subida del precio de la energía, está teniendo en las familias. Consciente de que de cara al invierno se verá afectado un buen número de familias, más allá de las que ya están acogidas al bono social, el Gobierno ha creado un nuevo bono eléctrico que llegará a más hogares con un 40% de bonificación sobre el consumo de electricidad. Ver detalles en el Real Decreto, aquí.

 

PRESTACIÓN ECONÓMICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad

Prestación económica de pago único a tanto alzado (1000€) que se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas o que, con tal motivo, adquieran dicha condición, en familias monoparentales y en los casos de madres o padres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos. No se reconoce la prestación en los supuestos de acogimiento familiar. Toda la información AQUI

 

 

 
DESCUENTOS A JÓVENES PARA VIAJAR EN VERANO
Viernes, 21 de Julio de 2023 17:21

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha activado el "Plan Verano joven" con el que todos los jóvenes de entre 18 y 30 años podrán viajar en transporte público este verano, tanto por España como por Europa, con descuentos de hasta el 90%

ESTE DESCUENTO ES COMPATIBLE CON EL DE FAMILIA NUMEROSA: En el caso de familia numerosa, la bonificación se aplicará sobre el precio resultante una vez imputada la rebaja correspondiente en el marco de los descuentos a jóvenes para viajar en verano.

Las rebajas se aplicarán en los billetes sencillos y de ida y vuelta de los trenes y de los autobuses de titularidad estatal y de los pases Interrail que tengan fecha para viajar entre el 15 de junio y el 15 de septiembre de 2023.

Tenéis toda la información AQUI

 
TITULO DE FAMILIA NUMEROSA VIRTUAL
Viernes, 21 de Julio de 2023 17:20

Desde el día 1 de Junio no se emiten tarjetas-título de familia numerosa físicas

Según se nos ha comunicado desde la Dirección General de Familia, desde el día 1 de junio solo se emiten las tarjetas-título de familia numerosa para las solicitudes realizadas anteriormente a esta fecha.

¿Cómo obtener la tarjeta virtual de mi título de familia numerosa?

Con la APP del título de familia numerosa de la CAM, los usuarios titulares podrán descargar el título general o el certificado del histórico del mismo, y progenitores e hijos también podrán obtener las tarjetas individuales con la nueva fecha de caducidad, adaptada a la nueva normativa. De este modo, se produce la emisión automática de títulos válidos hasta los 26 años para cada uno de los hijos, mientras que el de los progenitores estará vigente hasta que el menor de ellos los cumpla.

En este enlace podéis conocer su funcionamiento.

Por eso es muy importante que os descarguéis los títulos y tarjetas individuales, (que cuentan con código de verificación electrónico) desde la APP DE TARJETA DE FAMILIA NUMEROSA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se puede acceder a la APP si se dispone de cl@ve permanente, cl@ve pin, certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, y registrándose en IDENTIFICA

Nuevas fechas de Caducidad y obligaciones de los usuarios

Hasta ahora, cuando uno de los hijos cumplía los 21 años tenía que certificar que continuaba estudiando y renovar el título de todos los miembros de la unidad, procedimiento que había que repetir cada vez que otro de ellos alcanzaba esa edad, requisito ha desaparecido.

Ahora, serán las familias las que tendrán que informar a la Administración regional si alguno de los hijos incurre en alguna de las causas establecidas por ley para su exclusión, (como haber terminado los estudios). De esta forma, se retirará el título individual de esa persona manteniendo el resto de miembros los beneficios a los que da derecho.


 

 
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