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Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo

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Datos generales:

  • Destinatarios: Alumnos escolarizados en centros educativos españoles con necesidad específica de apoyo educativo
  • Requisitos:
    • Generales: Acreditar la necesidad específica de apoyo educativo.
    • Económicos: No superar un determinado nivel de renta y patrimonio (a excepción del subsidio para familias numerosas. Ver convocatoria oficial)

Más información:  Resumen requisitos 

  • Dotación: La cuantía a conceder tendrá distintos componentes, en función de los requisitos y circunstancias del solicitante (compensación, residencia, material didáctico, desplazamiento, etc.).
  • Plazo de presentación: Desde el 07 de junio de 2010 hasta el 30 de junio de 2010
  • Ámbito: Estatal, salvo para el Gobierno Vasco.

Convocatoria:

Solicitud:

  • Lugar de entrega: En el centro educativo en que se van a realizar los estudios para los que se solicita beca.

Más información:

Contacto Ministerio de Educación/Subdirección General de Becas, Ayudas y movilidad de estudiantes:

  •  
    • Atención telefónica: 902111225
    • Atención electrónica: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra robots de spam. Necesita activar JavaScript para poder verla

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Información General

¿Para qué niveles de estudios puede solicitar ayuda el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo?

  • EDUCACIÓN INFANTIL
  • EDUCACIÓN PRIMARIA
  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
  • DISTINTAS MODALIDADES DE BACHILLERATO
  • CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR
  • ENSEÑAN ZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES
  • PROGRAMAS DESTINADOS A LA OBTENCIÓN DE UNA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL
  • PROGRAMAS DE FORMACIÓN PARA LA TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA

¿Qué tipos de ayudas pueden obtenerse?

A) AYUDAS DIRECTAS PARA ALUMNAD0 CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES ASOCIADAS A DISCAPACIDAD O TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA

  • ENSEÑANZA
  • TRANSPORTE ESCOLAR
  • COMEDOR ESCOLAR
  • RESIDENCIA ESCOLAR
  • TRANSPORTE PARA TRASLADO DE FIN DE SEMANA DE ALUMNOS INTERNOS EN CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL
  • TRANSPORTE URBANO
  • LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO
  • REEDUCACIÓN PEDAGÓGICA Y DEL LENGUAJE

B) SUBSIDIOS PARA ALUMNAD0 CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES ASOCIADAS A DISCAPACIDAD O TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA Y PERTENECIENTE A FAMILIAS NUMEROSAS

  • TRANSPORTE ESCOLAR, URBANO Y/O COMEDOR ESCOLAR

C) AYUDAS A ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATI- VO ASOCIADA A ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES

  • PROGRAMA ESPECÍFICO PARA ALUMNOS CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES.

¿Qué requisitos deben reunirse para obtener una de estas ayudas?

A) REQUISITOS GENERALES

PARA ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES ASOCIADAS A DISCAPACIDAD O TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA (QUE SOLICITAN AYUDAS O SUBSIDIOS DE LOS APARTADOS A Y B)

  • Tener necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad o trastornos graves de conducta, acreditada por un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma o por un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o departamento de orientación dependiente de la administración educativa o por el correspondiente certificado de minusvalía.
  • Tener cumplidos los DOS AÑOS DE EDAD a 31 de diciembre de 2009. Excepcionalmente podrán concederse ayudas a los/as menores de dos años siempre que los equipos certifiquen la necesidad por razón de las características de la discapacidad.
  • Estar escolarizados/as en centros específicos, en unidades de educación especial de centros ordinarios, o en centros ordinarios que escolaricen a alumnado que presenta necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados por el Ministerio de Educación o por el organismo correspondiente de la comunidad autónoma respectiva en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

PARA ALUMNAD0 CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO ASOCIADA A ALTAS CAPACIDADES (QUE SOLICITEN AYUDAS DEL APARTADO C)

  • Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
  • Tener cumplidos 6 años de edad.

B) REQUISITOS ECONÓMICOS PARA LAS AYUDAS INDIVIDUALES (apartados A y C)

Para tener derecho a la concesión de las ayudas, los ingresos de la unidad familiar del/de la solicitante (con las deducciones que correspondan por distintos conceptos regulados en la convocatoria) no deberán superar unos determinados umbrales de renta y patrimonio que se establecen en dicha convocatoria y que se pueden consultar en el texto de la convocatoria:

UMBRALES DE RENTA FAMILIAR

Familias de un miembro: 11.937,00 euros
Familias de dos miembros: 19.444,00 euros
Familias de tres miembros: 25.534,00 euros
Familias de cuatro miembros: 30.287,00 euros
Familias de cinco miembros: 34.370,00 euros
Familias de seis miembros: 38.313,00 euros
Familias de siete miembros: 42.041,00 euros
Familias de ocho miembros: 45.744,00 euros

A partir del octavo miembro se añadirán 3.672 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

UMBRALES INDICATIVOS DE PATRIMONIO FAMILIAR

a) La suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, excluida la vivienda habitual, no podrá superar 42.900 euros. En caso de inmuebles en los que la fecha de efecto de la última revisión catastral estuviera comprendida entre el 1 de enero de 1990 y el 31 de diciembre de 2002 se multiplicarán los valores catastrales por 0,49. En el caso de que la fecha de la mencionada revisión fuera posterior al 31 de diciembre de 2002, los valores catastrales se multiplicarán por los coeficientes siguientes:

  •  
    • Por 0,43 los revisados en 2003
    • Por 0,37 los revisados en 2004
    • Por 0,30 los revisados en 2005
    • Por 0,26 los revisados en 2006
    • Por 0,25 los revisados en 2007
    • Por 0,25 los revisados en 2008
    • Por 0,26 los revisados en 2009

En los inmuebles enclavados en la Comunidad Foral de Navarra, el valor catastral se multiplicará en todo caso por 0,50.

b) La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas que pertenezcan a los miembros computables de la familia no podrá superar 13.130 euros por cada miembro computable.

c) La suma de los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a los miembros computables de la familia excluyendo las subvenciones recibidas para adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual y, en su caso, la renta básica de emancipación no podrá superar 1.700 euros.

No se tendrán en cuenta a los efectos previstos en este apartado los premios en metálico o en especie obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias hasta el límite de 1.500 euros.

En todo caso, los elementos indicativos del patrimonio se computarán de conformidad con lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por su valor a 31 de diciembre de 2009.

2. Cuando sean varios los elementos indicativos del patrimonio descritos en el apartado anterior de que dispongan los miembros computables de la familia, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento respecto del umbral correspondiente. Se denegará la beca cuando la suma de los referidos porcentajes supere cien.

3. También se denegará la beca o ayuda al estudio solicitada cuando las actividades económicas de que sean titulares los miembros computables de la familia tengan un volumen de facturación, en 2009, superior a 155.500 euros.

4. A los efectos del cómputo del valor de los elementos a que se refieren los párrafos anteriores, se deducirá el 50 por ciento del valor de aquellos que pertenezcan a cualquier miembro computable de la familia, excluidos los sustentadores principales.

5. Para la concesión de subsidios no se atenderá a la renta ni al patrimonio familiar.

C) REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LOS SUBSIDIOS POR NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (apartado B)

  • Ser miembro de FAMILIA NUMEROSA de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente (no se exigen requisitos económicos).

¿Dónde se obtienen los impresos para solicitar la ayuda?

  • El impreso de solicitud será facilitado por los centros educativos o en su caso por las direcciones provinciales del Ministerio de Educación o los organismos correspondientes de las comunidades autónomas. Asimismo, podrá descargarse en la página web del Ministerio de Educación o cumplimentarse por Internet (con o sin Certificado Digital).
 

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