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Solicitud de la bonificación en el IBI para familias numerosas

Queremos recordaros a todos lo que habéis renovado u obtenido el título de familia numerosa la necesidad de que solicitéis la bonificación en el IBI por este motivo.

Este es un proceso que hay que realizarlo obligatoriamente cada vez que se renueve el título o en el momento en que sea obtenido, ya que este no es un proceso automático y si no se solicita no se procede a su aplicación.

La bonificación se aplica en función del número de hijos y del valor catastral de la vivienda según el siguiente cuadro:

Valor Catastral 1 hijo 2-3 hijos 4 hijos 5 ó más hijos
105.000 € 40% 70% 80% 90%

Más de 105.000 €
hasta 140.000 €

30% 60% 70% 80%
Más de 140.000 €
hasta 175.000 €
20% 50% 60% 70%
Más de 175.000 €
hasta 210.000 €
10% 20% 20% 20%
Más de 210.000 €
hasta 280.000 €
5% 10% 10% 10%
Más de 280.000 € 3% 5% 5% 5%

La solicitud se presentará en el Registro Municipal de Entrada del Ayuntamiento, antes del 1 de marzo del ejercicio correspondiente en el registro del ayuntamiento situado en:

Plaza de la Constitución, 7-1ª Pta.
Tel: 91 659 71 00.
Horario: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 h.

Los requisitos son:

  • Ostentar la condición de Familia Numerosa a fecha 1 de enero del ejercicio objeto de bonificación.
  • Ser el titular del Impuesto Bienes Inmuebles, a fecha 1 de enero del ejercicio objeto de bonificación.
  • Encontrarse empadronados los miembros de la unidad familiar, en el inmueble en cuestión, a fecha 1 de enero del ejercicio objeto de bonificación. Los beneficiarios del Título de Familia numerosa que no se encuentren empadronados en el domicilio sobre el que se solicita la bonificación no serán tenidos en cuenta a efectos de cálculo de la bonificación.
  • Si el sujeto pasivo fuese titular de varias viviendas en San Sebastián de los Reyes, la bonificación se referirá solo a aquella que sea la vivienda habitual de la unidad familiar.
  • El Título de Familia Numerosa debe estar en vigor a fecha 1 de enero del año para el que se solicita la bonificación.

El cambio de domicilio de la vivienda habitual de la familia numerosa determinará la pérdida del derecho a la bonificación, debiéndose solicitar para el nuevo inmueble antes 1 de marzo del año en curso para que surta efectos en el mismo ejercicio de la presentación.


La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:

  • Fotocopia del N.I.F./D.N.I., del titular del Impuesto.
  • Fotocopia del Recibo del I.B.I. (o referencia catastral de la vivienda).
  • Fotocopia del titulo de familia numerosa en vigor a la fecha de solicitud. No se admiten carnets individuales.

Observaciones:

La bonificación concedida mantendrá su vigencia sin necesidad de reiterar solicitud salvo:

  • Cambio de domicilio
  • Renovación del Título de Familia Numerosa.
  • Modificaciones en el empadronamiento de la unidad familiar.

Página web del Ayuntamiento de Sanse con toda la información necesaria para la presentación de la solicitud:

Enlace para la descarga de la solicitud de bonificación:

Para la presentación de la solicitud y la documentación adjunta a través de internet se puede realizar a través de cualquiera de los siguientes enlaces:

 

 

Guía de confianza

Plan Más Familia

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